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El Juicio de Amparo

El Juicio de Amparo

Hay reformas que nacen del consenso, otras del sentido común, otras más por la necesidad de actualizar nuestra legislación con la realidad, y luego están las reformas como la Ley de Amparo aprobada en el Senado este septiembre: una mezcla de fervor legislativo, prisa política y un toque de surrealismo jurídico que haría sonrojar a Kafka.

Mientras en los pasillos se celebraba la supuesta modernización del sistema judicial, otros vemos cómo el juicio de amparo —esa herramienta que por más de un siglo ha servido para ponerle límites al poder— se transformaba en un elegante corsé legal que aprieta, pero no a todos por igual.

La nueva definición del “interés legítimo” es un buen ejemplo de cómo cerrar la puerta con modales. Antes, colectivos, organizaciones y ciudadanos podían acudir al amparo cuando se afectaban derechos difusos o colectivos; hoy, solo podrá promoverlo quien acredite una “lesión jurídica real, actual y diferenciada”. Así que si formas parte de una asociación ambiental que defiende un humedal, mala noticia: no puedes ampararte; primero deja que te afecte personalmente, quizá cuando el agua te llegue al cuello.

La suspensión de actos, pilar histórico del juicio de amparo, también pasó a ser un lujo burgués. Con la reforma, los jueces podrán negarla si consideran que el acto afecta al “orden público” o al “interés social”. Es decir, una comunidad rural que intenta frenar un gasoducto verá pasar la maquinaria a la mitad de su ejido mientras el juez, en nombre del interés público, observa desde su computadora y firma digital; o cuando la CFE cause daño a tu propiedad, puede alegar “interés social” y no podrás ampararte.

Pero el colmo de los colmos, el auténtico desatino jurídico, no está en los artículos reformados, sino en el transitorio. Ese pequeño párrafo, casi inadvertido, pretende aplicar las nuevas reglas a los juicios de amparo que ya están en trámite. Es decir, cambiar las reglas del juego con el balón en movimiento. Ni los árbitros del VAR se atreverían a tanto. El principio de irretroactividad, consagrado en el artículo 14 constitucional, fue pasado por alto como si se tratara de un adorno liberal del siglo XIX. Y fue tal el exceso que incluso la propia presidenta de la República tuvo que señalarlo públicamente.

Ahora la Cámara revisora tendrá que corregir el entuerto. Lo hará, esperemos, no por cálculo político, sino por respeto al derecho. Porque si algo ha demostrado la historia legislativa mexicana es que los errores más graves no se cometen con dolo, sino con prisa. Y en este caso, la prisa por “quedar bien” dejó al Senado al borde del ridículo jurídico.

La digitalización obligatoria es la guinda del pastel. Suena moderna, casi europea, pero en México hay regiones donde ni la señal de celular llega. Para miles de personas, esta “revolución tecnológica” solo significa más distancia, más costos y menos justicia. Pero claro, ¿quién necesita acceso efectivo a la justicia cuando se puede presumir un sistema electrónico impecable?

He presenciado debates legislativos intensos y votaciones históricas. Vi reformas buenas, malas y otras francamente improvisadas. Pero pocas veces presencié una que, en nombre de la eficiencia y la modernidad, redujera de forma tan silenciosa los derechos de los ciudadanos débiles frente al uso arbitrario de la fuerza del Estado. Las reformas de 2025 no solo ajustan procedimientos: debilitan el espíritu mismo del amparo, lo convierten en trámite y lo alejan del pueblo.

El jurista Ignacio Luis Vallarta, considerado padre del juicio de amparo moderno junto con Mariano Otero, narró —según crónicas de la época— que un ciudadano perseguido por la policía irrumpió en el despacho de un juez y, antes de ser alcanzado, gritó: “¡Vengo a pedir amparo y protección de la justicia federal!”.

El juez, sorprendido, ordenó de inmediato que se suspendiera la detención y admitió la solicitud. Ese gesto se volvió símbolo del espíritu del amparo: la justicia como refugio inmediato frente al abuso del poder. La suspensión provisional en acción.

Esa escena ha sido citada por juristas como Ignacio Burgoa Orihuela para ilustrar la vocación protectora y humanista del juicio de amparo. Eso se acabó por ahora. Tiempo al tiempo. Veremos.

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