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En mes y medio entraría en vigor prohibición para transportar menores en motocicletas

En mes y medio entraría en vigor prohibición para transportar menores en motocicletas

—Se trata de una medida para evitar accidentes en ese tipo de transporte

Interacción

En un plazo aproximado de mes y medio podría entrar en vigor la reforma a la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado, la cual prohíbe el traslado de menores de 12 años de edad en motocicletas, como una medida para reducir accidentes y proteger la integridad de niñas, niños y adolescentes.

La modificación consiste en la adición a la fracción XIV y el reajuste del artículo 53 de la Ley 849, donde se establece la prohibición de transportar a más de dos personas y, de manera específica, a menores de 12 años de edad en este tipo de vehículos.

Se trata de una iniciativa impulsada por el diputado local Joaquín Badillo Escamilla, quien explicó que el proceso posterior a su aprobación en el pleno del Congreso local contempla su envío a la Secretaría General de Gobierno para asignarle un folio y proceder a su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

De acuerdo con el legislador, este trámite puede tardar alrededor de mes y medio.

Aclaró que la intención de la reforma no es afectar la economía de las familias guerrerenses que utilizan la motocicleta como medio de transporte, sino priorizar la vida y seguridad de los menores, quienes son los más vulnerables en accidentes viales en especial en ese tipode transporte.

Badillo Escamilla, legislador por Morena, destacó que el análisis y construcción de esta iniciativa tomó cerca de un año, tiempo en el que se reunieron los elementos necesarios para su dictaminación, discusión y aprobación por parte de las y los legisladores.

Subrayó que se trata de una ley y no de un reglamento, por lo que contempla sanciones más severas, como el retiro de la motocicleta, multas y otras medidas legales por violar una disposición establecida en la legislación de tránsito y vialidad.

Asimismo, la reforma considera como delito permitir que un menor conduzca una motocicleta, independientemente de que se trate del hijo del propietario de la unidad.

En estos casos, la autoridad aplicará la ley sin excepción, puntualizó el diputado.

Advirtió que la reincidencia en el incumplimiento de esta norma y la exposición constante de menores a situaciones de riesgo podría derivar incluso en la pérdida de la patria potestad, quedando las niñas, niños o adolescentes bajo la tutela del DIF estatal. “No es un tema menor”, enfatizó.

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