Tribunal reduce de 18 a 3, las candidaturas municipales exclusivas para mujeres en Guerrero
— 15 municipios indígenas y afromexicanos quedan fuera de la acción afirmativa, asegura que fue por falta de una consulta previa
* La consulta se realizará después del proceso electoral 2026-2027
Interacción
El Tribunal Electoral del Estado (TEE) redujo que de 18 a solo 3 los municipios de Guerrero donde habrá candidaturas exclusivas municipales para mujeres, bajo el argumento de que se trata de localidades indígenas y afromexicanas que no fueron debidamente consultadas.
La noche del jueves 29 de julio, el órgano jurisdiccional
modificó los lineamientos aprobados del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Guerrero (IEPC) para las elecciones de 2027.
La determinación fue reducir de 18 a tres los municipios donde los partidos políticos estarán obligados a postular exclusivamente mujeres como jefas de cabildo.
Por mayoría de votos, el TEE determinó mantener la acción afirmativa únicamente en Iguala, Leonardo Bravo y Coahuayutla de José María Izazaga.
En los otros 15 municipios los partidos podrán definir sus candidaturas conforme a sus procedimientos internos.
El proyecto fue presentado por el magistrado Daniel Preciado Temiquel, dentro del expediente TEG-21/2026 y sus acumulados, en el que se propuso dejar parcialmente sin efectos el artículo 140 de los lineamientos aprobados por el Ople.
El argumento central fue que el organismo electoral no realizó una consulta previa, libre e informada a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas antes de establecer la reserva de candidaturas femeninas en esos municipios.
El proyecto señala que la consulta efectuada en 2023 no resulta suficiente para justificar esta medida, debido a que abordó aspectos generales de paridad horizontal y vertical, pero no la exclusividad de postulaciones de mujeres para determinadas alcaldías.
La acción afirmativa se modificó en los municipios de Acatepec, Alcozauca de Guerrero, Atlamajalcingo del Monte, Atlixtac, Copanatoyac, Cuajinicuilapa, Igualapa, Marquelia, Mochitlán, Quechultenango, San Luis Acatlán, Tlacoapa, Tlapa, Xochihuehuetlán y Zapotitlán Tablas.
El IEPC deberá organizar y desarrollar una consulta con las comunidades indígenas y afromexicanas una vez concluido el actual proceso electoral, con el propósito de incorporar sus opiniones en el diseño de futuras acciones afirmativas.
— 15 municipios indígenas y afromexicanos quedan fuera de la acción afirmativa, asegura que fue por falta de una consulta previa
— La consulta se realizará después del proceso electoral 2026-2027
Interacción
El Tribunal Electoral del Estado (TEE) redujo que de 18 a solo 3 los municipios de Guerrero donde habrá candidaturas exclusivas municipales para mujeres, bajo el argumento de que se trata de localidades indígenas y afromexicanas que no fueron debidamente consultadas.
La noche del jueves 29 de julio, el órgano jurisdiccional
modificó los lineamientos aprobados del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Guerrero (IEPC) para las elecciones de 2027.
La determinación fue reducir de 18 a tres los municipios donde los partidos políticos estarán obligados a postular exclusivamente mujeres como jefas de cabildo.
Por mayoría de votos, el TEE determinó mantener la acción afirmativa únicamente en Iguala, Leonardo Bravo y Coahuayutla de José María Izazaga.
En los otros 15 municipios los partidos podrán definir sus candidaturas conforme a sus procedimientos internos.
El proyecto fue presentado por el magistrado Daniel Preciado Temiquel, dentro del expediente TEG-21/2026 y sus acumulados, en el que se propuso dejar parcialmente sin efectos el artículo 140 de los lineamientos aprobados por el Ople.
El argumento central fue que el organismo electoral no realizó una consulta previa, libre e informada a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas antes de establecer la reserva de candidaturas femeninas en esos municipios.
El proyecto señala que la consulta efectuada en 2023 no resulta suficiente para justificar esta medida, debido a que abordó aspectos generales de paridad horizontal y vertical, pero no la exclusividad de postulaciones de mujeres para determinadas alcaldías.
La acción afirmativa se modificó en los municipios de Acatepec, Alcozauca de Guerrero, Atlamajalcingo del Monte, Atlixtac, Copanatoyac, Cuajinicuilapa, Igualapa, Marquelia, Mochitlán, Quechultenango, San Luis Acatlán, Tlacoapa, Tlapa, Xochihuehuetlán y Zapotitlán Tablas.
El IEPC deberá organizar y desarrollar una consulta con las comunidades indígenas y afromexicanas una vez concluido el actual proceso electoral, con el propósito de incorporar sus opiniones en el diseño de futuras acciones afirmativas.
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